Una llave simple para horario venta de bebidas alcoholicas Unveiled

IV. Incluir imágenes de bebidas alcohólicas o tabaco o sus envases o empaques en los mensajes de los eventos a patrocinar;

II La gravedad de la infracción concreta, la disposición que se contraviene, el giro o establecimiento y las demás circunstancias que sirvan de pulvínulo para individualizar la beneplácito;

Concluido el plazo de vigencia, y una vez que cubra puntualmente con todas sus revalidaciones, para que pueda ejecutar el establecimiento se requerirá de una nueva licencia.

ARTÍCULO 66.- La inspectora o el inspector, o persona autorizada que descubra un punto o establecimiento que funciona en forma diversa a la autorizada en la licencia o permiso que se le haya otorgado en los términos de esta Ley y su Reglamento, sublevará certificado para consignar el hecho y procederá al aseguramiento provisional de las bebidas alcohólicas que se encuentren en ese emplazamiento o establecimiento, Vencedorí como a la clausura provisional del mismo.

2. La negligencia en el almacenamiento, establecimiento o custodia de bebidas alcohólicas en locales comerciales o de otro tipo que posibilite el consumo o ataque a dichas bebidas a menores de edad.

Las bebidas alcohólicas son aquellas bebidas que contienen etanol en su composición. Las bebidas alcohólicas juegan un papel social importante en muchas culturas del mundo, debido a su propósito de droga recreativa depresora

III Cumplir con la adquisición del mobiliario y equipo que expresamente les señalen la autoridad municipal y, en su caso, el Instituto Nacional de Antropología e Historia; y

ARTÍCULO 31. Cuando en el patrocinio se utilice la marca, logotipo o imagen de identificación de alguno de los productos a que se refiere este Título, se deberá cumplir con las disposiciones que para la publicidad de bebidas alcohólicas o tabaco, según sea el caso, se establecen en la Ralea y en este Reglamento, y no se deberá incurrir en alguno de los siguientes supuestos:

El Departamento se reserva el derecho de solicitar cualquier otro requisito que estime necesario para el conveniente procesamiento de la solicitud.

X 4click here En los casos en que la o el permisionario haya cambiado de domicilio del establecimiento sin ayer sobrevenir solicitado el permiso respectivo de las autoridades correspondientes, o de que opere con letra diverso al que indica su licencia;

Papelea no pertenece a ninguna administración. Nuestro get more info objetivo es facilitarte la información sobre tus gestiones para que pierdas el último tiempo posible.

La entrega a domicilio de bebidas alcohólicas está limitada para consumo personal y no para reventa.

XXI. Venta clandestina de bebidas alcohólicas o venta ilegal: Es la que se realiza en casa-habitación o en cualquier otro emplazamiento como Circunscrito o establecimiento sin contar con la licencia o permiso correspondiente.

V. Establecimientos: Son read more los que se dediquen al almacenamiento, distribución, expendio, venta y consumo de bebidas alcohólicas que sólo se autorizarán en los lugares que señale la presente Ley y que reúnan los requisitos previstos en la misma y en su Reglamento, previo el pago de los derechos y otros conceptos que fijen las leyes hacendarias que les sean aplicables. VI. Licencia: Es la autorización que otorga la Persona Titular del Poder Ejecutante del Estado, por conducto de la o el Comisionado de la COPRISCAM, previa autorización de la Reunión Reguladora, a las personas físicas o morales que se dediquen al almacenamiento, distribución, venta o consumo de bebidas alcohólicas en los locales o establecimientos que regula la presente Ley, entendiéndose siempre que es un acto funcionario discrecional de la autoridad, que constituye exclusivamente, al otorgarse al solicitante la autorización personal, transferible con autorización expresa de la Junta Reguladora y condicionada a los requerimientos de esta Ralea.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *